LOS VECINOS DECIMOS QUE EL EJECUTIVO ANEXE A LA SESIÓN DE HOY EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DEL CONCEJAL JORGE BOSQUE SOBRE
REF:
PROYECTO DE RESOLUCIÓN SOLICITANDO LA INTERVENCIÓN Y PARALIZACIÓN PREVENTIVA DE LAS OBRAS CIVILES EN EL PREDIO ALEDAÑO A LA LAGUNA DE ROCHA
Bloque Unidad comunal-Coalición cívica
NO PODEMOS ESPERAR A ABRIL POR QUE ESTA ES UNA PRESENTACIÓN URGENTE Y TRATARLA EN ABRIL SERÍA UNA ACCIÓN DILATADORA QUE ESTARÍA CONTRA EL ESPÍRITU DE LA NORMA.
YA QUE EL PROYECTO HABLA DE PARALIZAR OBRAS QUE ESTÁN AFECTANDO AL AMBIENTE Y LA POBLACIÓN.
ESTE TEMA ES MÁS URGENTE QUE LOS PRESENTADOS Y SIN EMBARGO SE ESTÁ DILATANDO.
EXIGIMOS AL EJECUTIVO Y AL HCD QUE TOMEN CARTAS EN EL ASUNTO.
QUEREMOS HECHOS ,NO PALABRAS!
Enviamos proyecto de resolución en archivo adjunto
Fotos y videos del predio disponibles.
VER VIDEOS
VIDEO 1-Laguna de Rocha peligra construyen depósito fuera de zona,para ver video hacé clic abajo.
http://es.youtube.com/watch?v=JGKsq-haAGk
VIDEO 2- Peligra la Laguna de Rocha construyen fuera de zona,para ver video hacé clic abajo.
http://es.youtube.com/watch?v=gJiYydSUNC0
VECINOS DE LOS BARRIOS ALEDAÑOS AL CENTRO ATOMICO EZEIZA
POR EL CIERRE DEL CENTRO ATÓMICO EZEIZA
San Ignacio, Siglo XX, La Morita, Martínez Moreno, ,Monte Grande, La colina ,Cementerio, Siro Comi,La Campana ,Transradio,San Carlos ,Malvinas , De las Localidades de El Jaguel , Monte Grandey 9 de Abril Y Canning .partido de Esteban Echeverría.Vecinos de Cañuelas.
*************************************
REF: PROYECTO DE RESOLUCION
SOLICITANDO
LA INTERVENCION Y PARALIZACION PREVENTIVA DE LAS OBRAS CIVILES EN EL PREDIO ALEDAÑO A LA LAGUNA DE ROCHA
Bloque Unidad Comunal – Coalición Cívica
VISTO
Que en la parcela identificada como Circ. VI ; Fracción 815 “y” de la localidad de El Jagüel se realiza una importante obra civil, con movimiento de suelos.
CONSIDERANDO
Que a partir de la sanción de la ordenanza 4719/CD/97, promulgada por decreto del Departamento Ejecutivo Nº 640/97 se estableció que la zona industrial abarcaba hasta la línea de electroducto, y desde allí se mantenía la zonificación como Recreación y Esparcimiento E – 1.
Que de la inspección visual del predio se observa que más allá de la línea de electroducto la empresa viene realizando importantes movimientos de tierras, elevando el nivel natural de terreno aledaño al arroyo Ortega que corresponden a los bañados y humedales de la Laguna de Rocha.
Que la eliminación de estos bañados provocará un daño irreversible al ecosistema, con peligro no solo para la fauna y flora de la laguna, sino para los habitantes de los barrios aledaños aguas arriba del arroyo, por la posibilidad de crecidas e inundaciones.
Que el predio ahora ocupado con movimiento de tierra está especialmente protegido por nuestro código de planeamiento, por lo que su utilización con otros fines viola esta norma.
Que la autoridad municipal tiene el deber de controlar el respeto al Código de Planeamiento e impedir que empresas inescrupulosas lo violen poniendo en riesgo fauna, flora y población vecina.
Que el Honorable Concejo Deliberante se halla facultado para el dictado de la presente resolución,
Por ello el Bloque de Concejales Unidad Comunal – Coalición Cívica eleva el siguiente
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
ART. 1º.
Solicítase al Departamento Ejecutivo su inmediata intervención para ajustar a derecho la conducta del titular del predio identificado como Circ. VI, Fracción 815 “y”, del la localidad de El Jagüel, con relación a las obras civiles que desarrolla en las tierras ubicadas entre la línea de electroducto y las márgenes del arroyo Ortega.
ART. 2º.
Solicítase al Departamento Ejecutivo ordene la inmediata paralización de las obras en forma preventiva, hasta tanto el titular dominial acredite con carácter de urgente la conformidad de las obras realizadas con el plano de obra aprobado, el certificado de factibilidad hidráulica y el certificado de estudio de impacto ambiental en todo el predio de su propiedad.
ART. 3º.
De forma.
Bloque Unidad Comunal – Coalición Cívica
VISTO
Que en la parcela identificada como Circ. VI ; Fracción 815 “y” de la localidad de El Jagüel se realiza una importante obra civil, con movimiento de suelos.
CONSIDERANDO
Que a partir de la sanción de la ordenanza 4719/CD/97, promulgada por decreto del Departamento Ejecutivo Nº 640/97 se estableció que la zona industrial abarcaba hasta la línea de electroducto, y desde allí se mantenía la zonificación como Recreación y Esparcimiento E – 1.
Que de la inspección visual del predio se observa que más allá de la línea de electroducto la empresa viene realizando importantes movimientos de tierras, elevando el nivel natural de terreno aledaño al arroyo Ortega que corresponden a los bañados y humedales de la Laguna de Rocha.
Que la eliminación de estos bañados provocará un daño irreversible al ecosistema, con peligro no solo para la fauna y flora de la laguna, sino para los habitantes de los barrios aledaños aguas arriba del arroyo, por la posibilidad de crecidas e inundaciones.
Que el predio ahora ocupado con movimiento de tierra está especialmente protegido por nuestro código de planeamiento, por lo que su utilización con otros fines viola esta norma.
Que la autoridad municipal tiene el deber de controlar el respeto al Código de Planeamiento e impedir que empresas inescrupulosas lo violen poniendo en riesgo fauna, flora y población vecina.
Que el Honorable Concejo Deliberante se halla facultado para el dictado de la presente resolución,
Por ello el Bloque de Concejales Unidad Comunal – Coalición Cívica eleva el siguiente
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
ART. 1º.
Solicítase al Departamento Ejecutivo su inmediata intervención para ajustar a derecho la conducta del titular del predio identificado como Circ. VI, Fracción 815 “y”, del la localidad de El Jagüel, con relación a las obras civiles que desarrolla en las tierras ubicadas entre la línea de electroducto y las márgenes del arroyo Ortega.
ART. 2º.
Solicítase al Departamento Ejecutivo ordene la inmediata paralización de las obras en forma preventiva, hasta tanto el titular dominial acredite con carácter de urgente la conformidad de las obras realizadas con el plano de obra aprobado, el certificado de factibilidad hidráulica y el certificado de estudio de impacto ambiental en todo el predio de su propiedad.
ART. 3º.
De forma.
Hola, los invito a estar al tanto de las últimas noticias de la actividad de los concejales Bosque y Requejo en la página del Bloque www.bloqueunidadcomunal.gov.ar, pueden quejarse, hacer pedidos o simplemente estar informados.Un saludoFlorencia
ResponderBorrar