Concejo Deliberante aprobó ordenanza antitabaco


MORÓN: 
CONCEJO DELIBERANTE APROBRO ORDENANZA ANTITABACO QUE FUERA 
PRESENTADA POR EL CONCEJAL RAUL ESTEBAN DEL FRENTE PARA LA VICTORIA.

    El Honorable Concejo Deliberante de Morón aprobó en la última sesión llevada a cabo el 12 de Noviembre del corriente, una ordenanza que regula los aspectos relativos al consumo de tabaco,  a los fines de la prevención y asistencia de la salud pública en sus ciudadanos y ciudadanas de Morón. La iniciativa había sido presentada en Abril de 2008 por el Concejal del Frente para la Victoria de Morón, Dr. Raúl Esteban.

    La ordenanza -aprobada por unanimidad- prohibe fumar en lugares cerrados de acceso público sean ámbitos públicos o privados, lugares de trabajo y/o dependencias públicas, nacionales, provinciales, municipales, incluyendo los establecimientos educativos y de salud.  También alcanza a espacios cerrados de acceso público del ámbito privado, como restaurantes, bares, paseos de compras, salas de teatro o cines, salones de fiestas o lugares que brindan servicio de conexión a internet (cybers).

    El proyecto que fuera presentado por el Concejal Raúl Esteban, tenía como fundamentos "considerar al tabaquismo como una enfermedad crónica, incluida desde 1992 en el Código Internacional de Enfermedades de la OMS, que causa cuatro veces más muertes que el abuso de drogas ilícitas, suicidios, homicidios, SIDA y los accidentes de tránsito juntos. También se acepta que es la principal causa de muerte prematura y evitable del mundo occidental".  También consideraba de suma importancia que "el nivel de consumo de tabaco en Argentina es el más alto de América Latina; las muertes ocasionadas por todas sus formas son alarmantes. Datos oficiales revelan que mueren 30.000 personas al año, cifra que irá aumentando si no se implementan medidas duras de intervención". 
   
   Asimismo, establece la ordenanza que conforme con la Ley Provincial Nro. 13.894, podrán habilitarse sectores para fumadores en los lugares que cuenten con una superficie superior a 100 m2, debiendo dichas dependencias estar separadas físicamente del resto de las instalaciones y completamente compartimentadas, debiendo ser inferior al 30 % de la superficie total destinada a clientes. La normativa incluye fuertes multas por  la falta de cumplimiento de sus disposiciones, así como el aumento de las mismas en caso de reinciencia, llegando hasta la clausura del local.  

 En ese sentido, el Dr. Esteban, señalo: "Considero muy importante la aprobación de esta iniciativa, la que tuvo como objetivo que en Morón existan normas tendientes a la ejecución de politicas de estado preventivas en materia de salud, y que el Estado Municipal tenga un rol más activo en la lucha contra el tabaquismo y las graves consecuencias que produce"



 

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